Para buscar el inmueble ideal que cumpla con todas tus necesidades te recomendamos que respondas previamente estas preguntas que van a guiarte en tu decisión.
Consejos a la hora de visitar una propiedad para comprar:
Cuando encuentras la propiedad que cumple con todos los requisitos que necesitabas y se ajusta al valor que puedes pagar, es momento de hacer una oferta. Cabe resaltar que puedes encontrarla inclusive en la primera visita.
La oferta refleja la voluntad de compra, la cual el vendedor puede aceptar o rechazar. En caso de aceptar, el inmueble debe sacarse de la venta para seguir con los trámites correspondientes a la compra.
Una vez que ambas partes se comprometen a continuar con la operación, se firma la Minuta de Compraventa. Se trata de un documento que refleja de forma bilateral, el compromiso del vendedor a vender y a ti, de efectuar la compra, es decir, a proceder a la Escritura Pública. Además, según acuerdo de las partes, se puede adelantar un porcentaje considerable del valor total del inmueble.
En el documento queda establecido el precio y forma de pago, la fecha o plazo de la Escritura Pública, si será con un crédito o con recursos propios, la Partida Electrónica del inmueble, los datos personales, obligaciones de las partes y efectos cancelatorios. Este documento debe tener autorización de un abogado colegiado.
Ten en cuenta que entre la firma de la Minuta de Compraventa y la Escritura Pública debe haber un plazo acordado si es al contado y que, si la operación de compraventa se realizara con intervención de una entidad financiera, existen plazos adicionales para el estudio de títulos, tasación, contrato de desembolso y Escritura Pública.
Es el acto formal de compraventa ante Notario Público que otorga seguridad jurídica a las partes y es presentada a SUNARP para la inscripción de la compraventa en la Partida Electrónica del Inmueble. De esta manera, la condición de propietario queda pública y te brinda acceso al crédito bancario. Antes de la Escritura Pública, el Notario se encarga de hacer un estudio y la revisión previa de títulos y aspectos jurídicos e impositivos para posteriormente inscribir al inmueble en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral que corresponda. Recuerda que, como comprador, puedes escoger la Notaría.
La documentación que necesitas para la Escritura Pública es:
Importante: Tener en cuenta que, si alguno de los firmantes tuviera un poder para la firma de la escritura pública, es necesario que esta se encuentre inscrita en Registros Públicos y tenga las facultades suficientes para el acto.
También, es importante tener en cuenta:
Impuesto al Alcabala: Es el 3% del precio de venta a excepción de las 10 primeras UIT.
para aquellos inmuebles que fueron adquiridos antes del 1 de enero del 2018 y que no están destinadas a casa-habitación, lo que significa que no tienen uso
El Impuesto a Renta: establece que se debe tributar un 5% de la diferencia entre el valor de compra y el valor de venta, para aquellos inmuebles que fueron adquiridos después del 1 de enero del 2004.
Gastos Notariales y Registrales los asume el comprador.
Se puede realizar con un desembolso hipotecario o recursos propios, en el plazo acordado entre las partes, y con su totalidad, queda asentada la entrega real y efectiva del inmueble. La división de gastos puede acordarse, pero, según usos y costumbres, los gastos que debes afrontar como comprador de un inmueble son:
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Antes de comenzar con la búsqueda de tu próximo hogar es importante que tengas en cuenta la documentación necesaria, los pasos a seguir y las consideraciones generales del contrato de alquiler.
Recuerda que para poder alquilar un inmueble es necesario que seas mayor de edad y, además, contar con los siguientes requisitos:
Es importante que antes del proceso de búsqueda cuentes con una inmobiliaria de confianza para que te facilite la operación y te permita minimizar posibles riesgos y conflictos con el alquiler.
Para buscar el inmueble ideal que cumpla con todas tus necesidades te recomendamos que respondas previamente estas preguntas que van a guiarte en tu decisión .
Consejos a la hora de visitar una propiedad para alquilar:
En el caso de que la propiedad sea un edificio:
En esta instancia provisoria se deja un monto de dinero a modo de seña, que demuestra interés en alquilar el inmueble y compromete al propietario a retirar la propiedad del mercado. Además, se redacta un modelo de contrato con las condiciones, el valor del alquiler, el mes de depósito acordado, los servicios a abonar y el plazo para la firma del contrato. Asimismo, debe estipular las devoluciones a las que pudiera dar lugar el arrepentimiento por parte de la persona que quiere alquilar o si se arrepiente el propietario.
Una vez que el propietario acepta la reserva, la inmobiliaria recopila y analiza la documentación requerida para avanzar con la operación.
En el contrato se definen: el plazo del alquiler, el precio, el periodo y el lugar de pago, los gastos que debe asumir tanto inquilino como propietario, la titularidad de los servicios básicos, las pautas para reparaciones, mejoras y las prohibiciones, las cláusulas de rescisión y del depósito de garantía.
El plazo mínimo del contrato de alquiler normalmente es de 1 año. Sin embargo, se puede pactar un plazo diferente.
Esta puede ser convocada por cualquiera de las dos partes durante los últimos meses de contrato.
Como inquilino puedes decidir terminar el contrato previo al plazo pactado. Sin embargo, debes tener en consideración el Lucro Cesante por resolución anticipada.
La firma del contrato la realizan todas las partes, es decir, propietario, inquilino y garante. En ese momento se abona el primer mes de alquiler, lo acordado como depósito de garantía, y se descuenta el monto dejado como reserva. Esta firma tiene lugar en Notaría.
Estos son los gastos que debes considerar como inquilino:
Estos son los gastos que debes contemplar como propietario:
Impuesto a la Renta de Primera Categoría.
Impuesto Predial.
Cualquier gasto relacionado con la Propiedad.
Vender tu inmueble puede ser un gran desafío, en esta guía te contamos todo lo que tienes que saber desde que la propiedad está a la venta hasta que se efectúa la compra.
Para poder llevar adelante la venta del inmueble contar con una inmobiliaria puede beneficiar la operación desde muchos aspectos: por el conocimiento, el personal capacitado, la agilización de la venta, los contactos, la seguridad y la confianza.
La inmobiliaria se encarga de llevar adelante el proceso de venta desde la valuación del inmueble hasta el cierre de la compraventa.
El informe de valorización se realiza con el objetivo de establecer el precio de un inmueble a partir de determinados criterios establecidos previamente que se ponderan según considere el profesional.
El proceso consiste en comparar atributos tales como la ubicación, la antigüedad, los ambientes, la luminosidad, la funcionalidad, entre otros aspectos, con los de otras propiedades que tengan las mismas cualidades.
La inmobiliaria gestiona las visitas al inmueble y gestiona las ofertas recibidas que reflejan la voluntad de compra, las cuales el vendedor puede aceptar o rechazar. Esta es una cantidad de dinero que se ofrece para cerrar la operación de compraventa.
En caso de aceptar, el inmueble debe retirarse de la venta para seguir con los trámites correspondientes a la venta.
Una vez que ambas partes se comprometen a continuar con la operación, se firma la Minuta de Compraventa. Se trata de un documento oficial que refleja de forma bilateral, tu compromiso de vender y al comprador, de efectuar la compra, es decir, a proceder a la firma de Escritura Pública. Además, según acuerdo de las partes, se puede adelantar un porcentaje considerable del valor total del inmueble.
Es el acto formal de compraventa ante Notario Público. Este otorga seguridad jurídica a las partes y es presentada a SUNARP para la inscripción de la compraventa en la Partida Electrónica del Inmueble. De esta manera, la condición del nuevo propietario queda pública y le brinda acceso al crédito bancario. Antes de la Escritura Pública el Notario se encarga de hacer un estudio, la revisión previa de títulos y aspectos jurídicos e impositivos. Posteriormente, se inscribe al inmueble en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral que corresponda.
En caso recibir el inmueble por herencia, el Notario solicitará que la Sucesión Intestada o Testamentaria se encuentre inscrita en la Partida Electrónica del Inmueble.
Se puede realizar con un desembolso hipotecario o recursos propios. En el plazo acordado entre las partes y con su totalidad, queda asentada la entrega real y efectiva del inmueble. La división de gastos puede acordarse según usos y costumbres; los gastos que debes afrontar como vendedor de un inmueble son:
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